El Honorable Concejo Deliberante de Rada Tilly aprobó por unanimidad este jueves
una nueva prórroga para la Emergencia Pública en materia Sanitaria, Económica y
Social; junto a una serie de bonificaciones y medidas impositivas, implementadas
frente al impacto económico por la pandemia de COVID-19, o “coronavirus”.
La Ordenanza dispone una prórroga para mantener el paquete de medidas que
contempla bonificaciones tributarias para la tasa de comercio e Ingresos Brutos,
aplazamientos de vencimientos, suspensión del cobro de intereses resarcitorios y
realización de planes específicos de financiación a contribuyentes que acrediten
dificultades de pago.

¿CUÁLES SON LAS MEDIDAS?

Algunas de las medidas aprobadas hasta el 31 de diciembre de 2020 son:
• Bonificar al 100% la Tasa de Comercio, para contribuyentes locales, cuya actividad
comercial continúe restringida totalmente a la fecha de sanción de la ordenanza.
 Establecer que el mínimo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, se reduzca a cero,
para los periodos fiscales de julio, agosto, septiembre, noviembre y diciembre de
2020, de igual manera que el mínimo de la Tasa de Comercio cuya determinación se
realice a través de D.D.J.J.
 Extender las habilitaciones comerciales.
 Eximir del pago del Impuesto Inmobiliario hasta el 31 de diciembre de 2020 a
aquellos inmuebles cuyos titulares sean asimismo titulares de establecimientos

comerciales cuya actividad continúe restringida y siempre que dicho inmueble se
encuentre destinado en su totalidad a la actividad restringida.
 Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar planes específicos de
financiación, refinanciación o diferimiento de pagos, flexibilizando intereses y plazos,
a contribuyentes que acrediten dificultades para pagar sus obligaciones tributarias e
impositivas y/o planes de financiación en curso, incluyendo derechos y
contribuciones de mejora.
 Suspender acciones judiciales por conceptos impagos y pagos de multas establecidas
en la Ordenanza General Impositiva por sanciones a comercios y/o por pagos no
realizados o deudas al municipio. La presente disposición no incluye vehículos
detenidos en el Corralón Municipal.

Fuente: Prensa MRT 
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